Nota a Raquel Galeotti sobre el artículo 104 de la Ley de Urgente Consideración
Un registro que condena: El artículo 104 de la Ley de Urgente Consideración propone crear un "Registro Nacional de Abusadores y Violadores Sexuales".
El artículo 104 de la Ley de Urgente Consideración propone crear un "Registro Nacional de Abusadores y Violadores Sexuales. Actualmente, la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado (DINALI), en conjunto con la Facultad de Psicología, llevan adelante el Programa de Atención Psicológica a Ofensores Sexuales (PAOS) que ofrece ayuda a los abusadores que salen de la cárcel para rehabilitarse y reinsertarse en la sociedad. Este programa es de carácter voluntario para los recién liberados.
El artículo 104 de la Ley de Urgente Consideración propone crear un "Registro Nacional de Abusadores y Violadores Sexuales. Actualmente, la Dirección Nacional de Apoyo al Liberado (DINALI), en conjunto con la Facultad de Psicología, llevan adelante el Programa de Atención Psicológica a Ofensores Sexuales (PAOS) que ofrece ayuda a los abusadores que salen de la cárcel para rehabilitarse y reinsertarse en la sociedad. Este programa es de carácter voluntario para los recién liberados.
Raquel Galeotti, coordinadora general del PAOS habló con Sala de Redacción y aseguró que en Uruguay “no hay datos de reincidencia de este tipo de delitos”, aunque a nivel mundial se estima que un 35% de ofensores sexuales son reincidentes si no media ningún tratamiento específico. En casos donde se aplican tratamientos, la reincidencia baja a un 10%. Galeotti resaltó que lo importante es saber cuál es el objetivo de este registro y explicó que como medida de política pública “no tiene mucho alcance”.
Fuente: Camila Ghemi, Sala de Redacción: Nota completa.